Seguro de enfermedades graves
Voya
Un plan de seguro voluntario de enfermedades graves para los empleados de Uplift Education (Grupo n.º 755541) que abona una indemnización a tanto alzado en caso de diagnóstico de una enfermedad o afección cubierta, con primas quincenales que varían según el grupo de edad y el consumo de tabaco, cobertura para hijos incluida y una cláusula adicional de beneficios de bienestar incorporada.
El seguro de enfermedades graves paga una indemnización a tanto alzado si se le diagnostica una enfermedad o afección cubierta. El seguro de enfermedades graves es una póliza de prestaciones limitadas. No es un seguro médico y no cumple con los requisitos de cobertura mínima esencial establecidos por la Ley de Asistencia Asequible.
Utiliza tu prestación pagada para cualquier fin, como pagar gastos médicos no cubiertos, copagos, franquicias, la compra, la gasolina, los servicios públicos y mucho más: tú decides. La cobertura está siempre garantizada. Puedes optar por mantener esta cobertura si dejas tu empresa o te jubilas, y se te facturará con las mismas tarifas mediante facturación directa. Ayuda a minimizar la presión económica que puede suponer el diagnóstico de una enfermedad grave.
Condiciones cubiertas: empleado y cónyuge
| Estado | Porcentaje de beneficio |
|---|---|
| Prestación completa (100 %) | |
|
Infarto Un paro cardíaco repentino no se considera en sí mismo un infarto. |
100% |
| Cáncer | 100% |
| Accidente cerebrovascular | 100% |
| Parada cardíaca súbita | 100% |
|
Trasplante de un órgano vital Insuficiencia irreversible del corazón, los pulmones, el páncreas, un riñón completo o el hígado, o cualquier combinación de estos, diagnosticada por un médico especializado en el tratamiento del órgano afectado. |
100% |
| Diabetes tipo 1 | 100% |
| Quemaduras graves | 100% |
| Tumor cerebral benigno | 100% |
| Trasplante de médula ósea | 100% |
| Trasplante de células madre | 100% |
| Parálisis permanente | 100% |
| Pérdida de la vista | 100% |
| Pérdida de audición | 100% |
| Pérdida del habla | 100% |
| Coma | 100% |
| Esclerosis múltiple | 100% |
| Esclerosis lateral amiotrófica (ELA) | 100% |
| Enfermedad de Parkinson | 100% |
| Demencia avanzada, incluida la enfermedad de Alzheimer | 100% |
| Enfermedad de Huntington | 100% |
| Distrofia muscular | 100% |
| Prestación parcial (50 %) | |
| Cirugía de revascularización coronaria | 50% |
| Carcinoma in situ | 50% |
|
Enfermedad infecciosa (que requiere hospitalización) El diagnóstico de una enfermedad infecciosa grave por parte de un médico, a partir de la fecha de entrada en vigor de la cobertura del grupo; Y la hospitalización en un hospital o centro de transición durante 5 o más días consecutivos. |
50% |
| Miastenia gravis | 50% |
| Lupus eritematoso sistémico (LES) | 50% |
| Prestación parcial (25 %) | |
| Cirugía a corazón abierto para la sustitución o reparación de una válvula | 25% |
| Implantación de un desfibrilador cardioversor implantable (ICD) | 25% |
| Prestación parcial (10 %) | |
| Ataques isquémicos transitorios | 10% |
| Aneurisma roto o disecante | 10% |
| Aneurisma de la aorta abdominal | 10% |
| Aneurisma de la aorta torácica | 10% |
| Sustitución o reparación transcatéter de una válvula cardíaca | 10% |
| Angioplastia coronaria | 10% |
| Implantación de un marcapasos | 10% |
|
Cáncer de piel La prestación se abona como máximo una vez por año natural, hasta un máximo de diez veces el límite máximo acumulado. |
10% |
| Enfermedad de Addison | 10% |
| Esclerosis sistémica (esclerodermia) | 10% |
Condiciones cubiertas — Niños asegurados
| Estado | Ventaja |
|---|---|
| Parálisis cerebral | 50 % de las prestaciones para empleados |
| Malformaciones congénitas | 50 % de las prestaciones para empleados |
| Fibrosis quística | 50 % de las prestaciones para empleados |
| Síndrome de Down | 50 % de las prestaciones para empleados |
| Enfermedad de Gaucher: tipo II o III | 50 % de las prestaciones para empleados |
| Tay-Sachs infantil | 50 % de las prestaciones para empleados |
| Enfermedad de Niemann-Pick | 50 % de las prestaciones para empleados |
| Enfermedad de Pompe | 50 % de las prestaciones para empleados |
| Anemia falciforme | 50 % de las prestaciones para empleados |
| Diabetes tipo 1 | 50 % de las prestaciones para empleados |
| Enfermedad por almacenamiento de glucógeno de tipo IV | 50 % de las prestaciones para empleados |
| Síndrome de Zellweger | 50 % de las prestaciones para empleados |
¿Quién puede estar cubierto y qué cobertura puedo obtener?
| Persona cubierta | Opciones de importe de la prestación |
|---|---|
| Empleado | Se puede elegir entre 10 000, 15 000, 20 000, 25 000, 30 000, 35 000, 40 000, 45 000 o 50 000 dólares |
|
Cónyuge Los empleados deben estar afiliados para poder contratar una cobertura para su cónyuge que cumpla los requisitos. |
Se puede elegir entre 5.000, 7.500, 10.000, 12.500, 15.000, 17.500, 20.000, 22.500 o 25.000 dólares; sin superar el 50 % de la prestación del empleado |
|
Niños Tarifa para hijos incluida. Los empleados deben estar afiliados para poder contratar la cobertura de los hijos a su cargo que cumplan los requisitos. |
el 50 % de las prestaciones sociales |
Prestación de bienestar
| Persona cubierta | Prestación anual de bienestar |
|---|---|
|
Empleado Por someterse a una prueba de detección médica que cumpla los requisitos (por ejemplo, evaluación de salud mental, vacuna contra la gripe, mamografía, revisión oftalmológica o dental de rutina). |
50 dólares por año natural |
|
Cónyuge Por someterse a una prueba de detección médica que cumpla los requisitos. |
50 dólares por año natural |
|
Cada niño Por someterse a una prueba de detección médica que cumpla los requisitos. |
50 dólares por año natural (el 100 % del importe de la prestación por hijos a cargo del empleado) |
La opción de «Continuación del seguro» te permite mantener tu actual cobertura de seguro de enfermedades graves para ti, tu cónyuge y tus hijos durante una baja laboral autorizada por la empresa.
Si se encuentra en una situación en la que su derecho a las prestaciones está cambiando —por ejemplo, debido a una reducción de la jornada laboral, el cese en el empleo o un acontecimiento vital como un divorcio—, es posible que desee mantener su cobertura de seguro. La portabilidad le permite mantener su cobertura en el marco de la misma póliza colectiva pagando las primas directamente a la compañía de seguros.
La Tabla de prestaciones incluye una lista de las afecciones cubiertas. No existe un importe máximo total de prestaciones ni un límite en el número de pagos que puede recibir por cada afección cubierta por su plan, excepto en el caso del cáncer de piel. Puede recibir un pago de prestaciones por cada diagnóstico diferente de una afección cubierta que figure en su Lista de prestaciones. En el caso del cáncer de piel, la prestación se abona hasta un máximo de una vez por año natural, 10 veces el límite máximo de por vida. Una vez alcanzado el máximo para el cáncer de piel, no se abonarán más prestaciones.
- Los empleados que deseen contar con una prestación única como red de seguridad en caso de diagnóstico de una enfermedad grave
- Empleados con planes de salud de deducible alto que buscan una cobertura complementaria
- Empleados con antecedentes familiares de enfermedades cubiertas
- 👨👩👧👦Cobertura para familiares a cargo hasta los 26 años
- ✅Cobertura garantizada: no se requiere examen médico
- 📋Los empleados deben estar afiliados para poder optar por la cobertura de su cónyuge y de sus hijos a cargo que cumplan los requisitos, tal y como se define en el Certificado de cobertura y en las cláusulas adicionales.
- ✓Si tiene alguna pregunta antes de inscribirse, llame al servicio de atención al cliente de Voya Employee Benefits al (877) 236-7564.
- ✓Visite el Centro de Recursos de Beneficios para Empleados para obtener más información y presentar una reclamación: https://presents.voya.com/EBRC/UpliftEducation
- ✓Tu empresa te proporcionará las instrucciones para la inscripción.